viernes, 20 de abril de 2012

Limites de venezuela y francia


Francia.
El tratado fue suscrito en Caracas el 17 de julio de 1980.   Su aprobación Legislativa sucedió el 16 de junio de 1982. Ratificación Ejecutiva el 15 de Julio de 1982 (Gaceta Oficial Número 3026, Extraordinario,   de fecha 07 de octubre de 1982). Entra en vigencia el 28 de enero de 1983, donde se estableció la proporción 2/3 Antillas Francesas y 1/3 Isla Las Aves, donde se privilegiaron los métodos equitativos para ambas naciones.
Inicialmente los franceses no reconocían el triple efecto de Isla de Aves, alegando que ésta no es Isla y que no era una emersión del territorio sumergido de Venezuela, en cambio era una extensión de la Isla de Guadalupe y no generaba vida económica propia. Venezuela alegó que la Isla de Aves le pertenece y ejerce plena soberanía aceptada por Holanda y Estados Unidos, por lo tanto, no es una prolongación como lo afirmaban los franceses.
El efecto jurídico de Isla de Aves no debe valorarse independientemente sino como parte de Venezuela. Además, desde el punto de vista estratégico se basa en la conservación de especies y fauna marina. La solución adoptada, fue señalada por el meridiano 62’48’50’’. Los frentes costeros de Guadalupe (50.000 Mts) y Martinica (60.000 Mts) son bastante mayores que el frente de Isla de Aves (580 Mts), en consecuencia el razonable grado de proporcionalidad entre extensión de las costas, medidas en su dirección general y la extensión de la plataforma perteneciente a cada Estado costero, limita igualmente a favor de las islas francesas de ultramar. Venezuela aceptó por el reconocimiento del triple efecto que generó la Isla de Aves. Esta delimitación fue criticada en Venezuela por no lograrse lo que se logró con EE.UU., Holanda y República Dominicana.
Francia
A través de Guadalupe y Martinica.
·         Documento: Tratado venezolano-francés de delimitación.
·         Fecha: 17 de julio de 1980.
·         Lugar: Caracas, Venezuela.
La frontera está demarcada por la siguiente línea:
La línea de delimitación marítima entre la República de Venezuela y la República Francesa costa afuera de Guadalupe y Martinica, está constituida por el meridiano sesenta y dos grados, cuarenta y ocho minutos, cincuenta segundos (62º,48',50").

 Límites de Venezuela: Norte: mares territoriales de la República Dominicana, Antillas Neerlandesas, Puerto Rico, Islas Vírgenes, Martinica, Guadalupe, Trinidad y Tobago, y
Dominica.

referencia:
Gaceta Oficial Número 3026, Extraordinario,   de fecha 07 de octubre de 1982.

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